"Exhibiting You" - Story

Juliana Reymer - Gestor profesional de interses


By: JULIANA EDITH REYMER RODRIGUEZ
Submitted: 11/10/2008

Millones de mujeres han luchado a lo largo de la historia para lograr la valoración y el respeto de sus derecho humanos, por lograr el pleno ejercicio de sus derechos civiles, pero en esta era de globalización, estimadas mujeres no solo basta revindicar nuestros derechos, sino que ante la Corrupción tenemos proceder a combatirla con el ejercicio pleno de nuestras obligaciones ciudadanas. Los efectos directos de la corrupción y la impunidad institucionalizada afectan y perjudica nuestra vida y la de nuestra familia en todos sus aspectos.

Por ello se decide capacitarse para poder realizar las funciones de Gestor Profesional de Interses de manera de hacer Lobbys Legales de acuerdo a la Ley Ley N° 28024 “Ley que Regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública” de manera de gestar los intereses de las mujeres y asi impulsar la gobernabilidad y la democracia.

En el Periodo Legislativo 2001 - 2002 siendo presidente de la Mesa Directiva del Congreso de la República el Doctor, Carlos Ferrero, el Poder Legislativo recibe por primera vez un préstamo directo del Banco Interamericano de Desarrollo, BID, para implementar la pagina web, mejorar el sistemas de comunicación en Red de las computadoras de todas las oficinas y capacitar a los asesores en evaluación (costos – beneficios) de Proyectos y Dictámenes, por lo que se diseño la curricula de un Diplomado en Técnica Legislativa y Procesos Parlamentarios para los asesores parlamentarios de manera que se logre contar con Secretarios Técnicos para cada Comisión.

En el Periodo Legislativo 2002 -2003 siendo presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento el Doctor Henri Peasse, se elaboro un dictamen de la Ley que Regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública.

Siendo presidente de la Mesa Directiva del Congreso de la República el Doctor Carlos Ferrero se aprobó la Ley de Lobby Lega, el 23 junio del año 2003 se promulga y se publica en el Diario El Peruano la Ley N° 28024 “Ley que Regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública”, en el mismo día la Presidencia del Consejo de Ministro expide la Resolución Ministerial R.M. N°! 270-2003-PCM que crea la Comisión Multisectorial, presidida por la Secretaria de Gestión Pública, el 18 de diciembre del año 2003 se publica en el Diario El Peruano el Decreto Supremo N° 099-2003 PCM Reglamento de la Ley N° 28024 Ley que Regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública donde se crea el Tribunal Administrativo Especial, conformado por: un representante del Presidente de la República, que lo presidirá; un representante del Presidente del Congreso de la República y un representante del Presidente de la Corte Suprema de la República, y El Código de Ética del Gestor Profesional de Intereses, el 15 de enero del 2004 se publica en El Diario El Peruano la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 013-2004 –SUNARP/SN donde se crea el Registro Nacional de Gestión de Intereses de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP que estaría dentro del Registro de Personas Naturales y Personas Jurídicas, registros donde se inscribirán los Gestores de Intereses otorgándoseles una Partida Registral y en la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos R. N° 013-2004-SUNARP, se crean los formatos (inscripción de Gestor Profesional de Intereses, constancia de relación jurídica con su representado, constancias de actos de gestión, informe semestral, solicitud de prorroga, inscripción de persona jurídica Gestor Profesional de Intereses).

También esta previsto que todo registro y/o inscripción tiene que ser legalizada la firma por Notario Público y con copia a la Contraloría General de la República, quien supervisa la transparencia de la realización de las funciones del Gestor Profesional de Intereses, teniendo sanciones para el mal uso de sus facultades.

Desde marzo del 2004 se realiza las primeras convocatorias de inscripción, se realiza la evalúan, el permiso para el respectivo registro y el otorgamiento de la Partida Registral de manera de iniciar la ejecución de las Función de Gestor Profesional de Intereses. De acuerdo a la Ley el Gestor Profesional de Intereses realiza sus funciones a nivel nacional y puede gestar los intereses de sus representados ante el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, dentro de toda la Estructura de El Estado (desde el Presidente de la República hasta un funcionario del gobierno municipal, etc.) y la Administración Pública: también realiza sus funciones en todos sus niveles de gobierno tanto regional, provincia o distrital.

En el desarrollo de sus funciones el Gestor Profesional de Intereses tiene acceso a toda tipo de información de carácter reservado en la Administración Pública, pero debe de guardar reserva y confiabilidad si involucra temas de Defensa Nacional, pero además dentro de sus funciones tiene la obligación de denunciar si encuentra indicios de acto doloso.

En el año 2005 siendo presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento el Dr. Aurelio Pastor, se elaboro un dictamen de modificación del reglamento de la la Ley N° 28024 “Ley que Regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública”, siendo el 23 de mayo promulgada el Decreto Supremos DS N° 040-2005-PCM que modifica varios artículos del reglamento

Juliana Edith Reymer Rodríguez, en junio del 2004 se inscribe y el 07 de julio del mismo año se expende su Partida Registral en el Registro Nacional de Gestión de Intereses de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, Partida N° 11663290, siendo la primera mujer Gestor Profesional de Intereses en el Perú. En agosto del mismo año decide presentarse ante la Mesa Directiva y registrarse ante la Oficialía Mayor del Palacio Legislativo del Congreso de la República, siendo en ese momento la primera mujer empresaria Gestor Profesional de Intereses, registrada en ese ámbito. De acuerdo a sus funciones debe de estar presente en el Proceso de Instalación y Cierre de las Legislaturas Ordinarias y Extraordinarias, (Mesa Permanente), en el Proceso de Elección de la Mesa Directiva y en la Instalación y Elección de la Presidencia de las Comisiones.

En el primer periodo julio del 2004, julio 2006, Juliana Reymer inscribió 19 Asientos de Lobbys Legales por gestar los intereses de sus representados, gremios y/o empresas del Sector MyPE, realizando Actos de Gestión ante la Comisión de Producción y PyMEs, Comisión de Economía, Comisión de Salud, Comisión de Trabajo, Comisión de Presupuesto, Comisión de Comercio Exterior y Turismo y ante el Ministerio de la Producción, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Economía y Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Ante la Municipalidad de Villa El Salvador y la Municipalidad de Jesús María.

En agosto del 2006 Juliana Reymer prorrogo su inscripción y se le expide la Partida Registral N° 11914744, en el periodo 2006 -2008 inscribió solo 10 Asientos de Lobbys Legales de Lobbys Legales por gestar los intereses de sus representados, gremios y/o empresas del Sector MyPE, porque de julio del 2007 a julio 2008 estuvo de permiso por haber obtenido una beca del Banco Interamericano de Desarrollo BID.
En julio del 2008 Juliana Reymer prorrogo su registro de Gestor Profesional de Interes, Partida Registral N° 11914744, por lo cual esta apta para realizar sus funciones.

Juliana Reymer Rodríguez fue invitada por la institución Fundación en Igualdad de Argentina para participar en calidad de expositora en el I Foro Interamericano de Mujeres Contra la Corrupción que se realizo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires los días 29 de septiembre al 1° de octubre del año 2008 con la ponencia “Ciudadana Empresaria contra la Corrupción”

El 12 de octubre del 2008 ante un escándalo de corrupción en el Perú, se llevo acabo una investigación periodística, donde se le declaro a Juliana Reymer como la única Gestor Profesional de Intereses que cumple con la Ley N° 28024 “Ley que Regula Gestión de Intereses en la Administración Pública.

http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2008-10-12/ecpl121008a12.html

http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2008-10-12/ecin121008a8.html

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